"No solo nos referimos a subir al autobús. Estamos hablando del derecho de una persona a desplazarse. Es un derecho transversal que sirve para recibir educación, ir a trabajar o ver a familiares. No se puede cercenar a estas personas sus derechos como ciudadanos"
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http://ccaa.elpais.com/ccaa/2016/02/26/madrid/1456513590_883662.html
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